El presidente
del Observatorio del Sistema de Justicia Dominicana, Cesar Amadeo Peralta,
llamó al Congreso Nacional a modificar la Ley 224 sobre Régimen Penitenciario,
que contiene la figura jurídica del “Medio Libre” de la cual es beneficiada la
cantante Martha Heredia, condenada por narcotráfico.
Explicó que
aunque el “Medio Libre” era desconocido por la ciudadanía, las bondades de esa
disposición datan desde junio de 1984 y su aplicación es para todos los
condenados, no importa el delito cometido.
“Los integrantes
de las comisiones de justicia de la cámara de diputados y del senado, así como
todos los actores del sistema judicial deben prestar atención especial a esta
ley, hay que adecuarla a los nuevos tiempos porque hoy día no es la misma
sociedad de 32 años atrás”. Precisó el Jurista.
Amadeo Peralta,
advirtió que “la criminalidad y la delincuencia nacional e internacional, han
venido desbordando los límites de la razonabilidad y al amparo de esta ley
todos los condenados por secuestro, homicidios, asesinos en serie, terrorismo,
narcotráfico y sicariato, tienen derecho a beneficiarse del Medio Libre, ya que
la misma no establece diferencias ni escalas de delitos y según lo prevé la
constitución de la Republica lo que no está
prohibido está permitido”.
El presidente
del Observatorio del Sistema de Justicia Dominicana, sostuvo que según dispone
el artículo 16 de la referida ley para acceder a los beneficios del Medio
Libre, el condenado a más de 5 años, deberá tener cumplido un año y 8 meses del
tiempo de la pena y el que fuera condenado a menos de 5 años podría
beneficiarse de permisos especiales y hasta la concesión de su libertad
condicional.
Otras de las
disposiciones de la ley penitenciaria, que según Peralta, deben ser modificada,
es que las salidas del recinto carcelario de los condenados, podrán concederse
“bajo la palabra de honor del recluso”, con la compañía de un funcionario de
vigilancia no uniformado o confiada la custodia a alguna persona que merezca
confianza.
Respecto al caso
Martha Heredia, que además de ser favorecida con el Medio Libre recientemente
fue beneficiada con un permiso especial para asistir a la presentación de “Miss
Mundo” en un hotel de la capital, dijo
que el juez de la ejecución de la pena del Departamento Judicial de Santiago,
se acogió al artículo 19 de la ley 224 sobre régimen penitenciario.
“La población
dominicana ha generado diversas críticas por la forma contenida en esta
legislación que todos desconocían porque no sabían que un preso podía salir de
la cárcel y volver luego de participar en una actividad social, esto provocó
que el Procurador Francisco Domínguez Brito, reaccionara diciendo que va a
solicitar una revisión de ese caso por entender que ese tipo de acciones llevan
un mensaje equivocado”. Acotó Peralta.
Puntualizó que
los jueces de la ejecución de la pena de cada provincia, son los facultados
para decidir “la forma” y bajo que tipo de modalidades un condenado deberá
cumplir el mandato de una sentencia que provenga de los tribunales represivos,
acogiéndose siempre a las disposición de la ley 224 sobre régimen
penitenciario.
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