SANTO DOMINGO. Aunque en su Informe Anual de 2017 la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH) reconoció las acciones del Estado dominicano para responder a la situación de los perjudicados por la sentencia 0168/13 del Tribunal Constitucional, la entidad instó a que se restaure “plenamente el derecho a la nacionalidad” de los afectados por ese dictamen, que en su mayoría son descendientes de haitianos.
Además, instó a dejar sin efecto las disposiciones de la Ley 169-14 “que se basen en considerar extranjeras a las personas nacidas en territorio dominicano que sean hijas de extranjeros en situación irregular”.
En el informe, publicado el pasado 22 de marzo, la CIDH solicitó que el Estado adopte “las medidas necesarias para poner fin a las prácticas tendientes a negar la nacionalidad dominicana a las personas nacidas en el territorio en razón del origen de sus padres o ascendientes” y “la situación migratoria de sus padres”.
El reciente informe hace las puntualizaciones a pesar de que la Comisión señala que tuvo a bien considerar que recibió información suficiente en torno a las medidas que viene adoptando el Estado que de forma gradual podrían contribuir a superar las condiciones que motivaron a que el país se incluyera en el Capítulo IV. B del Informe Anual de 2016. Ese capítulo, conocido como la “lista negra”, trata sobre la situación de los derechos humanos en países de la región que requieren atención especial.
Para el informe de 2017 la República Dominicana se sacó de la “lista negra” y se incluyó entonces en el Capítulo V, que desglosa el seguimiento a las recomendaciones formuladas en informes anteriores.
La no inclusión en el Capítulo IV. B significó una “decisión de justicia”, según declaró el portavoz de la presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, el día en que se publicó el informe. “Todos los dominicanos lo sabemos, con la realidad que vive nuestro país”. La sentencia TC/0168/13 establece que a los hijos de extranjeros en tránsito no les corresponde la nacionalidad dominicana. Esta decisión ha generado continuas críticas al país de parte de la comunidad internacional que considera que muchos descendientes de haitianos han quedado como apátridas.
Posteriormente, con la Ley 169-14 se estableció un régimen especial en beneficio de hijos de padres extranjeros no residentes nacidos en el territorio nacional entre el 16 de junio de 1929 y el 18 de abril de 2007 inscritos en el Registro Civil dominicano con base en documentos no reconocidos por las normas vigentes al momento de la inscripción. Además, el registro de hijos de padres extranjeros en situación irregular nacidos en RD y que no figuran inscritos en el Registro Civil.
La CIDH dijo que, a pesar de las medidas adoptadas un gran número de personas nacidas en la República Dominicana de ascendencia haitiana no les ha sido restituido su derecho a la nacionalidad y siguen viendo vulnerados otros de sus derechos.
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