La Asociación Dominicana de Administradoras de Riesgos de Salud (Adars) advirtió que existen impedimentos jurídicos para traspasar los empleados públicos y sus dependientes de forma automática al Seguro Nacional de Salud (Senasa).
La advertencia surge varios días después de analizar la sentencia TC/0573/18, dictada por el Tribunal Constitucional el pasado mes de diciembre y que declara inadmisible el recurso de amparo incoado por seis de las principales Administradoras de Riesgos de Salud (ARS), asociadas en Adars.
Asegura que tal traspaso ha quedado vedado por una sentencia de amparo firme, irrevocable, oponible a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), al Senasa y a los demás participantes del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS), número 132-2008 dictada el 2 de diciembre de 2008 por la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, la cual adquirió la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada, garantizada por el principio de seguridad contenido en la Constitución de la República.
Explican, a través de un comunicado, que ante esa sentencia, resulta ilegal y contrario al ordenamiento jurídico traspasar forzosamente a los empleados públicos al Senasa y que la Sisalril y cualquier otra entidad del sistema deben abstenerse de ejecutar cualquier disposición en sentido contrario.
Sostiene que la sentencia del Tribunal Constitucional declaró la inadmisibilidad sin conocer el fondo del asunto, de una segunda acción de amparo interpuesta por seis ARS, contra la Resolución número. 00189-2012 de la Sisalril que ordena el mencionado traspaso.
Por lo expuesto “la prohibición de dichos traspasos mantiene su vigencia, tal como fue juzgado con cosa juzgada por la sentencia número 132-2008 de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, del 2 de diciembre de 2008, que continúa protegiendo con carácter irrevocable los derechos que en aquel fueron tutelados”, asegura Adars.
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