El Ministerio Público responderá desde hoy los señalamientos de violación al debido proceso, arbitrariedad, sesgo, parcialidad y falta de objetividad argumentados por los abogados y los siete imputados por los sobornos pagados por la Constructora Norberto Odebrecht.
Los fiscales litigantes en el caso deberán explicar por qué si tuvieron autorización judicial para ir a interrogar a los exejecutivos de Odebrecht en Brasil, no fueron a hacer esos anticipos de pruebas para sustentar su acusación de soborno, lavado de activos, enriquecimiento ilícito y asociación de malhechores contra Ángel Rondón Rijo, Andrés Bautista García, Víctor Díaz Rúa, Conrado Pittaluga Arzeno, Tommy Galán Grullón, Juan Roberto Rodríguez Hernández y Jesús –Chú– Vásquez Martínez.
De igual manera, indicar al juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, Francisco Ortega Polanco, si es cierto que obtuvieron sin autorización judicial, orden judicial vencida, el microfilm del cheque que evidencia que una de las empresas de Rondón Rijo hizo un pago a la cuñada de Roberto Rodríguez, lo que para ellos es la prueba de que el exfuncionario fue sobornado.
En ese mismo sentido, referirse a cómo se pudo obtener los microfilms de los cheques pagados a Chú Vásquez por la empresa Arma cuando la carta que envía la Superintendencia de Bancos, según los abogados, hace referencia a la remisión de microfilms correspondientes a otra de las empresas de Ángel Rondón.
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