SANTO DOMINGO. Con el propósito de disponer de mecanismos que le
permitan desarrollar una correcta depuración del espectro
radioeléctrico, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones por
vía de su Consejo Directivo dictó la resolución No. 056-18 que dispone
la suspensión para el otorgamiento de licencias para la prestación del
Servicio Público de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) y
Amplitud Modulada (AM), por un período de doce (12) meses, renovable.
El
Consejo Directivo del INDOTEL para la adopción de la indicada decisión
contó con el apoyo y la asesoría de la Unión Internacional de las
Telecomunicaciones (UIT) y estudios internos realizados por personal de
la institución.
La resolución del Consejo, órgano responsable de
establecer las directrices de políticas públicas y criterios a seguir
por el Indotel, instruye la puesta en marcha de un plan de trabajo para
la corrección de las distorsiones existentes en materia de espectro
radioeléctrico, particularmente respecto a todo lo concerniente a la
operación del Servicio de Radiodifusión Sonora en el rango de frecuencia
88-108 MHz., destinada al servicio de radiodifusión sonora en
frecuencia modulada (FM) y la banda 535 – 1705 kHz, atribuida al
servicio de radiodifusión sonora de amplitud modulada (AM).
El
alcance de esta suspensión es de carácter nacional e incluye las
solicitudes de autorizaciones en curso ante dicho órgano regulador; así
mismo resulta aplicable para todos los mecanismos de asignación
previstos en el marco jurídico y reglamentario que involucren el uso del
espectro radioeléctrico para la prestación del servicio público de
radiodifusión sonora.
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