SANTO DOMINGO.,El diputado de la Fuerza Nacional de Progresista (FNP) sometió este miércoles un proyecto de ley que procura penalizar a los médicos, paramédicos y personal laboran en una emergencia de un centro médico perteneciente al Sistema Nacional de Salud del país que se haya negado atender a un paciente en estado de salud grave, cuando se compruebe que producto de su actuación negligente dicho persona haya fallecido.
Vinicio Castillo Seman consideró que muchos centros de salud, tanto públicos como privados, violan la Constitución y la Ley de General Salud, al rehusarse a recibir en sus emergencias a los pacientes de escasos recursos en estado grave por no poseer la capacidad de pago o por no estar amparados por un seguro médico.
Sostuvo que miles de personas han fallecido a causa de la negativa de centros del Sistema Nacional de Servicios de Salud de prestar en sus emergencias el servicio médico debido, y una gran parte de la población está en grave riesgo de recibir igual tratamiento en caso de una emergencia médica.
Castillo Seman entiende que si bien es cierto que, tanto la Carta Magna, como la Ley General de Salud Numero 42-01, garantizan el derecho de todo ciudadano dominicano a ser atendido debidamente en las emergencias, en ocasión de presentarse casos graves que ponen riesgo las vidas de las personas.
Añadió que “No es menos cierto que la legislación existente no establece las penalizaciones especificas contra los centros de salud, públicos y privados, y aquellos médicos que violando su juramento Hipocrático…., rehúsan ofrecer atenciones médicas en sus emergencias a personas en grave riesgo de perder la vida, o quedar con lesiones permanentes”.
En ese sentido, el diputado de la FNP explicó que el proyecto establece que todo aquel que incurrirán en violación al artículo 319 del Código Penal relativo al homicidio involuntario, y por tanto serán pasibles de ser castigados con prisión correccional de tres meses a dos años y multa equivalente a cinco salarios mínimos hasta veinte salarios minios, los médicos, paramédicos y personal laboran en una emergencia de un centro médico perteneciente al Sistema Nacional de Salud de la República Dominicana, se haya negado o rehusado a un paciente en estado de salud grave, cuando se compruebe que producto de su actuación negligente dicho paciente haya fallecido.
En su artículo 2 del referido proyecto, se establece que el centro de atención médica perteneciente al Sistema Nacional de Salud, público y privado, cuya emergencia rehúse recibir y prestar servicios médicos aún paciente en estado grave, será civilmente responsable frente al mismo y a sus familiares, en caso de que por dicha actuación el paciente falleciera o quedara con lesiones permanentes.
La acción civil contra el centro de atención médico perteneciente al Sistema Nacional de Servicios de Salud podrá interponerse de manera conjunta i por la vía de accesoria a la acción penal que sea intentada contra las personas enunciadas el Art.1, o de manera separada e independiente de acción penal, en caso de que sea o no interpuesta por las víctimas.
Mientras que el artículo 3, establece que los costos económicos incurridos por los centros médicos privados pertenecientes al Sistema Nacional de Servicios de Salud cuyas emergencias den asistencia en las primeras 24 horas a pacientes en graves riesgos de pierden la vida, serán reembolsados por el Estado Dominicano atreves de4l Ministerio de Salud Pública en aquellos casos en que los pacientes de que se trate no tengan el seguro médicos correspondientes o en no tengan posibilidad económicas que puedan responder a las deudas asumidas por los servicios médicos prestados en las emergencias de los centros de salud privados.
El referido proyecto, establece el siguiente párrafo que dice que el estado dominicano, atreves de ministerio de salud pública creara un fondo especializado para cubrir el reembolso de los gastos a los centros d atención médica privados relativos a los servicios médicos prestados en sus emergencias a pacientes en estado de salud grave que no tengan seguro médico ni los recursos económicos en ese momento. Las solicitudes de reembolsos de gastos por este concepto por parte del centro médico privado deberán estar debidamente documentadas y certificadas.